¿Cómo se Apostilla un documento extranjero traducido en Colombia?
De acuerdo con la Resolución 1959 de 2020 en el artículo 6 establece lo que a la letra indica: “Artículo 6. Apostilla o legalización de traducciones oficiales. Antes de solicitar la apostilla o la legalización de un documento que contiene una traducción oficial, se deberá efectuar el reconocimiento o autenticación de la firma del traductor oficial ante Notario público.
¿Hay alguna excepción para apostilla de documentos provenientes de Venezuela?
Sobre el particular, la Coordinación de Apostilla y Legalizaciones, aclara que dentro de sus funciones no está el validar documentos o apostillas provenientes desde el exterior, en la medida en que esta Dependencia solo se encarga de apostillar o legalizar documentos colombianos que habrán de surtir efectos legales en el exterior. Asimismo, se indica que es autonomía de cada entidad en Colombia exigir la calidad o formalidades de los documentos provenientes del extranjero.
¿Colombia puede apostillar documentos de otros países?
No, solamente se Apostillan documentos públicos colombianos que han de sutir efectos legales en el exterior.
¿Tiempo de respuesta del envió de apostilla?
El tiempo máximo de respuesta al usuario es de tres días hábiles, incluidos casos fortuitos.
¿Las apostillas y/o legalizaciones expedidas en línea tienen correcciones?
No tiene. De acuerdo con la resolución del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, 1959 de 2020 “por la cual se dictan disposiciones en materia de apostillas y legalizaciones de documentos y se deroga la Resolución 10547 del 14 de diciembre de 2018” en el parágrafo del Artículo 14, se indica a la letra:
¿Puedo solicitar mi corrección de apostilla y legalización en línea antes de pagar?
Sí puede. En el correo electrónico de aprobación encontrará un enlace o consultando su solicitud en el siguiente vínculo: https://tramites.cancilleria.gov.co/apostillalegalizacion/consulta/tramite.aspx, podrá solicitar la corrección de la apostilla o legalización, indicando cuál fue el error cometido.
Al momento de realizar nuevamente la solicitud de apostilla o legalización, no me deja adjuntar el mismo PDF ¿Qué debo hacer?
Debe digitalizar nuevamente su documento en archivo PDF y volver a realizar el trámite en el Sitio Web de la Cancillería, en el siguiente enlace: https://tramites.cancilleria.gov.co/apostillalegalizacion/solicitud/inicio.aspx
Si no me llegó la apostilla o legalización ¿Cómo puedo descargarla?
Ingresando al Sitio web de la Cancillería www.cancilleria.gov.co sección trámites y servicios, seleccionando la opción apostilla y/o legalización en línea, dirigiéndose al vínculo “Consulte su trámite” o en el siguiente enlace: https://tramites.cancilleria.gov.co/apostillalegalizacion/consulta/documento.aspx
¿Qué vigencia tiene la referencia única de pago?
Tiene vigencia del mismo día en el que se generó. De lo contrario debe realizar nuevamente la liquidación del trámite, a través del correo electrónico registrado para la solicitud, en caso de no tenerlo, debe ingresar el número de su solicitud en el siguiente enlace: https://tramites.cancilleria.gov.co/apostillalegalizacion/consulta/tramite.aspx
¿Cómo puedo consultar la referencia única de pago desde la página de la Cancillería?
Ingresando al Sitio web de la Cancillería www.cancilleria.gov.co sección trámites y servicios, seleccionando la opción apostilla y/o legalización en línea, dirigiéndose al vínculo “Consulte su trámite” o en el siguiente enlace:
https://tramites.cancilleria.gov.co/apostillalegalizacion/consulta/tramite.aspx